Los edificios de viviendas deben contar con una certificación en vigor que asegure su habitabilidad. Ahora bien, en este punto es importante tener en cuenta que existen diferentes tipos de informes para poder acreditarla: el informe ITE o de Inspección Técnica de Edificios y el informe IEE o de Evaluación de Edificios, ambos complementarios en la mayoría de casos. A continuación te contamos en qué consiste cada tipo de informe y cuáles son sus diferencias principales.

Qué es el informe IEE

El informe IEE es un informe que versa sobre el estado actual de un edificio. Este informe recoge también el estado de conservación de dicho edificio, así como un estudio sobre la accesibilidad y el certificado de eficiencia energética del edificio.

Si te estás preguntando que edificios deben realizar la IEE, debes saber que este documento es obligatorio para todos los edificios de tipo residencial colectivo. De esta manera, todos los edificios con un uso residencial y más de 50 años tendrán que realizar el IEE. Por otro lado, también deben obtener este informe todos los edificios de uso residencial que tengan pensado solicitar ayudas para hacer obras de rehabilitación si estamos hablando de una vivienda unifamiliar.

El contenido del informe IEE incluirá el estado de conservación del edificio, las condiciones de habitabilidad de dicho edificio según la normativa vigente y un certificado de eficiencia energética.

Qué es el informe ITE

El informe ITE o de Inspección Técnica de Edificios es un tipo de informe en el que se comprueba que las condiciones de un edificio en relación a la seguridad, la estructura y la estabilidad son las adecuadas. Los edificios que deben realizar la ITE son básicamente todos. De hecho, todos deben realizar esta inspección, sea cual sea su tipología, si tienen más de treinta años. Además, la ITE debe renovarse cada diez años si queremos mantenernos dentro de la legalidad.

En cuanto a su contenido, cabe reseñar que en el informe ITE se revisa el estado de conservación del edificio. Si una comunidad de vecinos cuenta con un ITE favorable en vigor, éste se podrá añadir al IEE en el apartado de conservación. Se trata de un proceso sencillo y eficiente que permite acreditar que una comunidad o un edificio está en las mejores condiciones posibles para garantizar su habitabilidad, y que es paso indispensable si después queremos realizar otro tipo de gestiones como la compra o venta de una vivienda, su inscripción en el registro de la propiedad, el alquiler de la vivienda o pensamos dejarla en herencia.

Del mismo modo, a la hora de solicitar este tipo de informe, o si tienes dudas sobre los procedimientos a seguir y sobre el tipo de informe que debes obtener para tu hogar, te recomendamos contratar a unos buenos expertos en el mundo de la legalización de viviendas como los profesionales de arkespai.com/iee-ite-valencia/, expertos en la realización de este tipo de informes, porque sólo de esta manera podrás asegurarte de manera eficiente de estar siguiendo los pasos correctos para acreditar tu vivienda o bloque de viviendas y mantenerla dentro de la legalidad a nivel de certificaciones de habitabilidad.

En qué se diferencian el informe IEE y el informe ITE

De esta forma, entre las principales diferencias entre el informe IEE y el informe ITE encontramos el contenido de ambos tipos de informes. Mientras el ITE simplemente evalúa el estado de conservación de un edificio, el IEE también evalúa la accesibilidad y la eficiencia energética del edificio.

Otra de las diferencias entre la ITE y la IEE es que la ITE incluye a todos los edificios, mientras que el IEE solamente se necesita en los edificios de uso residencial colectivo, siendo por tanto las dos alternativas interesantes para algunos supuestos concretos.

De esta forma la ITE es una inspección obligatoria para las comunidades de vecinos o para las viviendas unifamiliares que debe pasarse par cierto tiempo, siendo los tiempos los que marca cada comunidad autónoma, mientras que el IEE es un tipo de informe de evaluación de edificios a nivele estatal que básicamente se traduce en un certificado en el que se describen las características del edificio, incluyendo su estado de conservación y las deficiencias que se haya podido detectar en la inspección técnica, pero que permite acreditar a las viviendas que son aptas para poder residir en ellas, siendo este documento importante si queremos destinar una vivienda al alquiler, entre otros supuestos.

De esta forma, las diferencias básicas consisten en que la inspección técnica es parte del mismo informe de evaluación. De esta manera, a la hora de hablar de un certificado obligatorio que certifique el estado del edificio, podemos hablar tanto del ITE como también del IEE. De esta forma, si vamos a solicitar la inspección técnica del edificio recibiremos el informe de evaluación de edificios con la certificación sobre el estado óptimo de conservación, o el ITE. Así, este certificado vendrá con dos informes adicionales que permiten acreditar que el edificio está en regla y que son la revisión de sus condiciones de accesibilidad y la revisión de la certificación energética.

Así, desde que en 2013 se aprobase la Ley 8/2013 de Rehabilitación, Regeneración y Renovación urbana para poder generar diferentes mecanismos que permitan la rehabilitación edificatoria y la renovación urbana se pasó a regular el Informe de Evaluación de Edificios o IEE.

De esta manera, esta normativa regular que este tipo de inspección debe repetirse con una frecuencia de al menos cada diez años. Los titulares de los edificios que soliciten ayudas públicas para conservar un edificio o realizar obras que promuevan la accesibilidad universal deben contar con el IEE para poder solicitar estas subvenciones. Aquí radica la gran diferencia entre el ITE y el IEE que permite evitar duplicidades. Del mismo modo, también se debe tener en cuenta que se harán evaluaciones perceptivas en todos los casos en los que así lo determine la normativa, siempre teniendo en cuenta el uso, la tipología y la antigüedad de la vivienda.

Del mismo modo, cabe reseñar que este tipo de Informes de Evaluación de Edificios también evalúan si los edificios son accesibles y eficientes a nivel energético, y para prevenir duplicidades con otro tipo de inspecciones se entregan en el Registro Municipal de Inspecciones Técnicas de Edificaciones del Ayuntamiento que le corresponda a cada vivienda.